La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Martha Vía Flores de Montesinos y Cesar René Montesinos Loroño, cursante de fs. 119 a 123.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.