I. DATOS GENERALES
Por memoriales de casación presentados el 26 de enero y 28 de febrero, ambos de 2024, cursantes de fs. 841 a 853 vta.; y, fs. 858 a 860 vta., Amelia Ulunque Valdivia, por una parte; y, Pablo Ricardo Beltrán Sánchez, por otra parte, impugnan el Auto de Vista 082/2023 de 2 de agosto, cursante de fs. 778 a 788 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y Cruz Alina Ulunque Bustamante, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previsto y sancionado por los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente.
