I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
Tramitado el proceso de reincorporación laboral, la Juez de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario 1° de Tarija, emitió la Sentencia N° 119/2022 de 21 de noviembre, de fojas 496 y vuelta a 500 y vuelta, que declaró IMPROBADA la demanda de reincorporación laboral de fojas 29 a 31 y vuelta, sin costas.
Auto de Vista
En grado de apelación deducido por Mirko Fernando Romero Ruíz, por memorial de fojas 995 a 1002, la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió el Auto de Vista Nº 85/2023 de 6 de abril, de fojas 1232 a 1239, QUE REVOCÓ totalmente la Sentencia N° 119/2022 de 21 de noviembre, de fojas 496 y vuelta a 500 y vuelta y declaró PROBADA la demanda de reincorporación, disponiendo: la reincorporación del demandante al mismo cargo que ocupaba al momento de su desvinculación laboral y la cancelación de los sueldos devengados y demás derechos colaterales a favor del demandante, desde la fecha presentación de la demanda hasta su reincorporación efectiva, pago a hacerse efectivo previo juramento de no haber percibido otro salario durante su cesantía en entidad pública o privada, a efectos de evitar la doble percepción.
