AS/0882/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0882/2024

Fecha: 13-Ago-2024

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. art. 401.I inc. b) de la Ley Nº 603 Código de las Familias y del Proceso Familiar, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 766 a 779 vta., interpuesto por María Lourdes del Carmen Sánchez Velasco, representada por Zulema Mariana Saiz James, contra el Auto de Vista Nº 235/2024, de 04 de junio, saliente de fs. 753 a 759 vta. y su Auto complementario de 11 del mismo mes y año a fs. 763, pronunciados por la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia del Chuquisaca; con costas conforme dispone el art. 407.III de la Ley Nº 603.

Se regula los honorarios del abogado del demandante, en la suma de Bs. 1.000 en consideración al memorial de contestación al recurso de casación efectuado dentro del plazo de ley.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.