AS/0957/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0957/2024

Fecha: 22-Ago-2024

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 .I num. 1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en el art. 220.III, num. 1 inc. c) del Código Procesal Civil, ANULA, el Auto de Vista Nº 818/2023 de 04 de diciembre, corriente de fs. 629 a 632, pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y se dispone que sin espera de turno y previo sorteo que el Tribunal de alzada emita nuevo Auto de Vista, sea dentro del marco de lo establecido por el art. 265.I de la Ley Nº 439 y de acuerdo con lo delineado en la presente resolución, salvo que considere requerir mayor prueba.

Siendo excusable el error en que han incurrido los vocales del Tribunal de segunda instancia signatarios del Auto de Vista impugnado, no se les impone multa.

En cumplimiento a lo establecido por el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.