VISTOS
El recurso de casación de fs. 2271 a 2293, interpuesto por Juan Antonio Espinoza Montero, contra el Auto de Vista N° 266/2024, de 25 de abril, obrante de fs. 2263 a 2268, pronunciada por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de mejor derecho propietario y reivindicación, seguido por el recurrente contra el Comando General de la Policía Boliviana con la intervención del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto y la Empresa Estatal de Transporte por Cable “Mi Teleférico”; las contestaciones al recurso de casación cursantes de fs. 2295 a 2304, y del Gobierno Autónomo Municipal del El Alto que discurre de fs. 2305 a 2309 y el Comando General de la Policía Boliviana representada por Máximo Jhonny Aguilera Montecinos visible de fs. 2310 a 2312 vta.; el Auto de concesión de 27 de junio 2024 saliente a fs. 2313; el Auto de Supremo de Admisión Nº 872/2024-RA, de 12 de agosto, corriente de fs. 2319 a 2321, todo lo inherente al proceso; y:
