AS/0028/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0028/2025

Fecha: 18-Feb-2025

III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACION

Contra la Resolución emitida por el Tribunal de Apelación, Mario Balboa Luna, formuló Recurso de Casación, mediante escrito de fs. 428 a 434, en el que argumentó:

1. Errónea interpretación de los hechos y el art. 14 del Decreto Supremo (DS) 27543 de 31 de mayo de 2004, al determinar que el recurrente no cumple con las cotizaciones mínimas necesarias (180), y reconocer únicamente 114 cotizaciones registradas, sin considerar las boletas de pago que contemplan las cotizaciones extrañadas y acreditan los periodos trabajados en la Empresa Minera Catavi y Locatarios 20 de Octubre, incluso ante la inexistencia de planillas.

2. Errónea aplicación de normas y jurisprudencia, al no haber aplicado correctamente el principio de verdad material, ignorando documentación probatoria relevante, ya que la inexistencia de documentos fraudulentos hace inviable la suspensión definitiva de la renta de vejez, pues acreditan el error en el cálculo de cotizaciones.

Concluyó solicitando, se case el Auto de Vista recurrido de manera parcial respecto a la ilegal suspensión de su renta de vejez y la misma sea restituida con pago retroactivo a la fecha de su suspensión.