AS/0164/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0164/2025

Fecha: 26-Feb-2025

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en los arts. 41 y 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial, de 24 de junio de 2010, en relación al art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 447 a 450 vta., interpuesto por Margoth Uriona Zelada, contra el Auto de Vista N° 198/2024, de 13 de agosto, corriente de fs. 435 a 437, y Auto complementario N° 87/2024, de 10 de septiembre, de fs. 444, pronunciado por la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni. Con costas y costos.

Se regula honorario del abogado de la parte que contestó al recurso en la suma de Bs. 1000.-

Se llama severamente la atención a los vocales de Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, por inobservar el art. 53 de la Ley N° 025 del Órgano Judicial. Bajo alternativa de ley de advertirse la reiteración de este tipo de omisiones.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Primo Martínez Fuentes.