POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial, de 24 de junio de 2010, en relación al art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA el Auto de Vista N° 608/2024, de 30 de agosto, corriente de fs. 277 a 281, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en relación al documento “ACTA DE CONVENIO DE DIVISION DE VIENES” (sic.) de fecha 26 de octubre de 2021, en consecuencia mantiene firme y subsistente la Sentencia N° 333/2024 de 04 de junio cursante de fs. 227 a 231vta. Con costas y costos.
Sin responsabilidad por ser excusable.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Primo Martínez Fuentes.
