AS/0261/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0261/2025

Fecha: 25-Mar-2025

CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casación y su contestación

1. El recurrente en el recurso de casación alegó que:

a) Las instancias no hubieran realizado una valoración probatoria considerando los límites de la propiedad originaria de donde emerge la titularidad registrada de la demandada, la cual no sería la misma con relación al derecho propietario del recurrente, extremo que estuviera verificado por el informe pericial de fs. 524 a 526 y los planos cursantes de fs. 527 a 528, empero con dicha omisión se le estaría afectando su debido proceso y creándole una indefensión absoluta por “mala valoración probatoria” (sic.).

b) El Auto de Vista hubiera transgredido los arts. 19, 56 y 115 de la Constitución Política del Estado y los arts. 105, 110, 111, 1453, 1538 y 1545 del Código Civil, por ser las mismas adecuables al derecho alegado por el recurrente, el cual no fue considerado en las instancias porque al ser propietario demando reivindicación sobre su inmueble.

Fundamentos por los cuales el recurrente solicita que el Tribunal de Alzada deliberando en el fondo y forma case el indicado Auto de Vista.

2. Contestación al recurso de casación:

Pese a su legal notificación cursante a fs. 599, la demandada no contestó al referido recurso.