POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado, y 42.I.1 de la Ley de Órgano Judicial, declara INFUNDADO el Recurso de Casación de fs. 101 a 102, interpuesto por la empresa PROCLEAN S.R.L. a través de su representante legal.
Con costos, se regula el honorario profesional del abogado de la demandante en etapa casacional, conforme al Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales de la Abogacía emitido por el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional establecido para el departamento de Cochabamba; que se ejecutará en primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
