AS/0354/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0354/2025

Fecha: 23-Abr-2025

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida en los arts. 41 y 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial, de 24 de junio de 2010 y en aplicación de lo previsto por el art. 220.III del Código Procesal Civil, ANULA el Auto de Vista N° 155/2024, de 01 de marzo, corriente de fs. 376 a 377 vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz y dispone que dicha Sala sin espera de turno, previo sorteo, resuelva el recurso planteado en la forma prevista por el art. 265.I del Código Procesal Civil.

Se llama severamente la atención al Tribunal de alzada, exigiendo tener mayor cuidado con los actos procesales que deben llevar conforme el estado del proceso; y, se les recomienda mayor atención en cuanto a la aplicación de la normativa y jurisprudencia para evitar futuras nulidades que afecten la celeridad del proceso, con apercibimiento en caso de incumplimiento de multas procesales.

De conformidad a lo previsto por el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase una copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relatora: Mgda. Fanny Coaquira Rodríguez.