AS/0041/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0041/2025

Fecha: 06-May-2025

POR TANTO

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en virtud de la atribución establecida en el art. 38.8, de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, así como en los arts. 503 y 507 del CPC, HOMOLOGA la Sentencia de Divorcio de 9 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Segundo Familiar de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en el marco del Expediente Nº 603/2013.

En consecuencia, en aplicación a la norma contenida en el art. 507.IV del CPC, se ordena su cumplimiento al Juez Público en Materia Familiar de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, para que en ejecución de sentencia proceda a la cancelación de la Partida matrimonial registrada en la Oficialía Nº 1497, Libro Nº 2-97, Partida Nº 1, Folio Nº 3, Departamento de La Paz, Provincia Murillo, Localidad Nuestra Señora de La Paz, con fecha de partida el 10 de enero de 1998.

A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de la presente resolución y demás actuaciones procesales pertinentes.

Procédase al desglose de la documental adjunta a la solicitud, debiendo quedar en su reemplazo, copias legalizadas; bajo expresa constancia.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Romer Saucedo Gómez

PRESIDENTE

Rosmery Ruiz Martínez

DECANA

Primo Martínez Fuentes

MAGISTRADO

Carlos Alberto Egüez Añez

MAGISTRADO

Carlos Eduardo Ortega Sivila

MAGISTRADO

Ricardo Torres Echalar

MAGISTRADO

Fanny Coaquira Rodríguez

MAGISTRADA

Norma Velasco Mosquera

MAGISTRADA

Germán Saúl Pardo Uribe

MAGISTRADO

Dra. Paola Berbetty Von Borries

SECRETARIA DE SALA PLENA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA