AS/0374/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0374/2025

Fecha: 02-May-2025

CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casación y su contestación

1. Los recurrentes en el recurso de casación alegaron que:

En cuanto al recurso de casación en la forma:

a) En el memorial de recurso de apelación solicitaron el diligenciamiento de prueba en segunda instancia; empero, fue rechazado por el Tribunal de apelación por Resolución de 11 de octubre de 2024, que cursa a fs. 1253, contra la cual interpusieron recurso de reposición mediante memorial de 16 de octubre de 2024, sin embargo, no fue atendido favorablemente por el Tribunal de alzada.

b) Ante el pronunciamiento del Auto de Vista a los agravios del recurso de apelación en forma parcial, con meras subjetividades y criterios personales carentes de asidero legal y lógica jurídica, solicitaron aclaración, complementación y enmienda; empero, no la atendieron, cuando de acuerdo al principio preferente del derecho sustancial y material por encima de lo formal y los de favorabilidad, tendrían que haberse pronunciado sobre el fondo del pedido de la aclaración, complementación y enmienda.

c) No emitió pronunciamiento respecto al cuarto agravio de su recurso de apelación.

En cuanto al recurso de casación en el fondo:

a) El Auto de Vista incurrió en incongruencia externa porque no consideró el Informe Pericial en su integridad, sino solo en parte.

b) Incurrió en ausencia total de valoración y apreciación de su prueba presentada, las que cursan de fs. 159 a 161; asimismo, en error de hecho en la valoración y apreciación de la prueba pericial de oficio, al no haber tomado en cuenta todo el contenido del mismo sino solo una parte del mismo.

Fundamentos por los cuales, solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo y/o CASE el Auto de Vista.

2. Contestación al recurso de casación:

Notificado la parte contraria con el recurso de casación, conforme cursa de fs. 1310 a 1311, no contestaron dentro el plazo establecido por ley.