AS/0377/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0377/2025

Fecha: 02-May-2025

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial, de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 428 a 433 vta., interpuesto por Mario Jesús Hugo Dunois Vargas; contra el Auto de Vista Nº 295/2024, de 19 de junio, cursante de fs. 418 a 421 vta., y Auto complementario de 10 de octubre del mismo año, cursante a fs. 426, pronunciados por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas y costos.

Se regula el honorario profesional del profesional que contestó al recurso en la suma de Bs. 1.000.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Primo Martínez Fuentes.