AS/0595/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0595/2025

Fecha: 23-Jun-2025

CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casación.

De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Amalia Fuentes Mendoza de Chicchi y Felicia Fuentes Mendoza se observa que en dicho medio de impugnación acusaron lo siguiente:

En el fondo.

a) Error de derecho al considerar que una simple minuta o documento privado presentado por el demandado, que no ha cumplido con las formalidades legales, pueda oponerse al derecho real de propiedad debidamente inscrito en Derechos Reales de las demandantes, los documentos a los que hace mención el Auto de Vista no surte efectos legales contra terceros puesto que no cumplen con el requisito de publicidad que exige el art. 1538 del Código Civil y art. 1 de la Ley de Inscripción de Derechos Reales, por lo que al no haberse cumplido tal formalidad sólo surten efectos entre las partes contratantes, existiendo violación, interpretación errónea o indebida aplicación de la ley en el fondo del fallo, por lo que corresponde la casación del Auto de Vista.

b) Los documentos señalados en el Auto de Vista, sin especificación de su naturaleza, no cumplen con los requisitos previstos en los arts. 6 y 7 del Decreto Supremo N° 27957, de 24 de diciembre de 2004 concernientes a los requisitos de fondo y formales del título, por lo que no son útiles para acreditar la titularidad o derecho de propiedad sobre el terreno de 6.95 hectáreas, máxime si por normas urbanas no puede existir propiedades con superficies mayores a 10.000 m2.

En la forma.

c) El Auto de Vista incumplió con el art. 213.II num. 3 del Código Procesal Civil, debido a que no cuenta con una motivación por cuanto no existe el estudio de los hechos probados y no probados, menos una adecuada evaluación de la prueba acompañada por las partes y cita de leyes en que se funda.

De la contestación al recurso de casación

Franz Fernández Padilla, a pesar de su legal notificación con el recurso interpuesto, no respondió al mismo.