POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación del art. 401 inc. b) de la Ley N° 603 (Código de las Familias y del Proceso Familiar), declara INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 448 a 456, interpuesto por Lucy Camacho, contra el Auto de Vista N° S-788/2024 de 15 de noviembre, corriente de fs. 442 a 446, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Sin costas y costos por no existir respuesta al recurso de casación.
Regístrese, comuníquese y devuélvase
Relator: Mgdo. Primo Martínez Fuentes.
