AS/0640/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0640/2025

Fecha: 25-Jun-2025

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por los art. 41 y 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II y III num. 1 inc. a) y c) del Código Procesal Civil, declara INFUNDADOS los recursos de casación interpuestos por Pablo José Sáenz Medrano visible de fs. 443 a 452 vta., así como el recurso de casación en la forma promovido por Verónica Leticia Terceros Navia, por escrito de fs. 457 a 463; y en función al reclamo descrito como inciso a) formulado por la recurrente, se ANULA parcialmente el Auto de Vista N° 241/2024, de 12 de noviembre, corriente de fs. 430 a 436 vta., y Auto Complementario de 05 de diciembre de 2024, cursante a fs. 440, emitidos por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, únicamente en cuanto a la revocatoria de la condena de daños y perjuicios averiguables en ejecución de fallos, quedando sin efecto y sin lugar a reposición, manteniendo incólume las demás decisiones asumidas por los Jueces de grado. Sin costas ni costos.

Sin responsabilidad para el Ad quem por la nulidad parcial dispuesta, por considerarse excusable el error incurrido.

De conformidad con el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relatora: Mgda. Fanny Coaquira Rodríguez.