AS/0664/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0664/2025

Fecha: 30-Jun-2025

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por el art. 41 y 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.III num. 1, inc. c) del Código Procesal Civil, en función a los argumentos de forma expuestos en el recurso de casación de fs. 511 a 525, ANULA el Auto de Vista Nº 18/2023 de 06 de abril, de fs. 430 a 434 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, quedando sin efecto todo lo obrado a partir de dicha resolución y dispone que el Ad quem, en aplicación del principio de verdad material, genere de oficio la producción de la prueba pericial y otros que viere por conveniente, y previa valoración de las mismas, así como las pruebas que cursan en antecedentes del proceso, sin necesidad de turno y previo sorteo de la causa, pronuncie nueva resolución. Sin responsabilidad por considerarse el error excusable.

En cumplimiento a lo dispuesto por el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase

Relator: Mgdo. Primo Martínez Fuentes.