AS/0682/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0682/2025

Fecha: 02-Jul-2025

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida en los arts. 41 y 42.I núm. 1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación de lo previsto por el art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA el Auto de Vista Nº 256/2024, de 29 de noviembre, cursante de fs. 387 a 393 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en consecuencia, se declara PROBADA en parte la demanda principal, en cuanto al derecho de reconocimiento de mejoras útiles (movimiento de tierra) introducidas al bien inmueble y no así en cuanto a las edificaciones, sea en el monto de Bs. 28.580,17 (Veintiocho Mil Quinientos Ochenta 17/100 Bolivianos) conforme al informe pericial de fs. 254 a 280, aclarado y complementado de fs. 312 a 316, que deberá ser cancelado a favor de los demandantes, en el plazo prudencial de diez días computables a partir de su notificación con la ejecución del presente fallo. Se mantienen incólume las demás decisiones asumidas en la Sentencia. Con costas y costos.

Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relatora: Mgda. Fanny Coaquira Rodríguez.