POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia en el ejercicio de lo establecido en los artículos 2.2 y 4 de la Ley N° 620 de 31 de diciembre de 2014, artículo 781 del Código de Procedimiento Civil, falla en única instancia declarando PROBADA la demanda Contenciosa Administrativa de fs. 22 a 29 vta., interpuesta por la Agencia Despachante de Aduana ALPESCZ S.R.L. En consecuencia, se anula obrados administrativos hasta el vicio más antiguo; es decir hasta fs. 215 de antecedentes administrativos que incluye el Informe AN/GRSZ/UF/I/3251/2022 de 08/12/2022 dentro del CONTROL DIFERIDO 2022CDGRS0000963. Consecuentemente, quedan sin efecto: la Resolución del Recurso Jerárquico AGIT – RJ 1428/2023 de 12 de diciembre de 2023, pronunciada por la Autoridad General de Impugnación Tributaria; y, la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0472/2023 de 22 de septiembre, disponiendo que la Gerencia Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional de Bolivia, se adecue a lo resuelto en la presente sentencia, observando su propia normativa interna, así como la norma comunitaria aplicable.
Procédase a la devolución a la Autoridad General de Impugnación Tributaria, de los antecedentes administrativos remitidos a este Tribunal.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
