CONSIDERANDO I
I.1. Antecedentes del proceso.
El 28 de junio de 2019, la Administración Tributaria notificó al representante de la Universidad Privada Boliviana UPB Fundación Educativa, con la Orden de Verificación N⁰ 19990200170, de 23 de mayo de 2019, con alcance a la verificación de todos los hechos y/o elementos relacionados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del periodo fiscal febrero de 2015.
Mediante Requerimiento N° 00160704 y su Anexo solicitó: Libro de compras, notas fiscales de respaldo al crédito fiscal originales, comprobantes de egreso, estados financieros gestión 2015, libros de contabilidad, kardex, inventarios, declaraciones únicas de importación, planilla de personal eventual por módulo y docentes de posgrado, planillas de sueldos visados por el Ministerio de Trabajo, planillas de subsidios, medios fehacientes de pago reconocidos por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), extractos bancarios, medios de pago, todos los contratos suscritos con proveedores, contratos de alquiler, pólizas de seguro, documentación que acredite el derecho propietario de los activos fijos, cuadro de actualización y depreciación de activos fijos, detalle de líneas telefónicas y cualquier otra documentación solicitada durante el proceso de verificación, la cual fue entregada el 27 de agosto de 2019, según Acta de Recepción de Documentos.
El 9 de octubre de 2020, el sujeto activo notificó mediante cédula al sujeto pasivo con el Requerimiento de Información N° 00173295, en el cual solicitó; extractos bancarios; planilla de sueldos; plan código de cuentas contables (formato digital - excel); y libro diario y mayor (formato digital - excel) de enero a diciembre de 2015.
El 14 de octubre de 2020, el sujeto pasivo presentó expuesta en el Acta de Recepción de Documentos, el 12 de mayo de 2022, la Administración Tributaria labró el Acta por Contravenciones Tributarías vinculadas al Procedimiento de Determinación N° 00169183, por la entrega parcial de la documentación requerida durante proceso de verificación, estableciendo la multa de 1.000 UFV conforme el Anexo I, Numeral 4, Subnumeral 4.2 de la RND N° 10-00033-16.
El 8 de julio de 2022, la Administración Tributaria notificó por cédula al representante de la Universidad Privada Boliviana UPB, Fundación Educativa con la Vista de Cargo N° 292239000050, de 29 de junio de 2022, que estableció preliminarmente sobre base cierta las obligaciones fiscales del Contribuyente correspondientes al IVA del período fiscal febrero de 2015, en 56.033 UFV que incluye tributo omitido, intereses, sanción por Omisión de Pago y la Multa por Incumplimiento a los Deberes Formales.
Mediante nota, de 9 de agosto de 2022, la Universidad Privada Boliviana UPB presentó argumentos de descargo a la Vista de Cargo y adjuntó documentación, según se detalla en el acta de recepción de documentos.
El 7 de octubre de 2022, la Administración Tributaria notificó por cédula a Universidad Privada Boliviana UPB, con la Resolución Determinativa N° 172239000372, de 5 de octubre de 2022, que determinó de oficio por conocimiento cierto de la materia imponible las obligaciones impositivas del contribuyente, correspondientes al IVA crédito fiscal del periodo fiscal febrero de 2015, en la suma de 35,674 UFV que incluye tributo omitido actualizado, intereses, sanción por Omisión de Pago y multa.
Contra la Resolución Determinativa N° 172239000372, de 5 de octubre de 2022, la Universidad Privada Boliviana UPB, formuló recurso de alzada emitiendose la Resolución de Recurso de Alzada N⁰ ARIT-CBA/RA 0054/2023 de 10 de marzo, que CONFIRMÓ la Resolución Determinativa N° 172239000372, de 5 de octubre de 2022.
En conocimiento de la Resolución de Recurso de Alzada N⁰ ARIT-CBA/RA 0054/2023 de 10 de marzo, la Universidad Privada Boliviana UPB, formuló recurso jerárquico, resuelto mediante Resolución de Recurso Jerárquico AGIT RJ 0823/2023 de 18 de junio, que REVOCÓ parcialmente la Resolución de Recurso de Alzada N⁰ ARIT-CBA/RA 0054/2023 de 10 de marzo, dejando parcialmente sin efecto la Resolución Determinativa N° 172239000372, de 5 de octubre de 2022.
Contra la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT RJ 0823/2023 de 18 de junio, la Universidad Privada Boliviana UPB Fundación Educativa y la Gerencia Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales (GRACO COCHABAMBA), interpusieron cada uno por su parte, demanda contenciosa administrativa, que fueron acumuladas a través de Auto de 5 de agosto de 2024, las que pasan a ser resueltas.
