VISTOS
La demanda contenciosa administrativa de fs. 481 a fs. 524, interpuesta por la Universidad Privada Boliviana UPB Fundación Educativa, a través de su apoderada Angely Virginia Uriona Mendieta; la demanda contenciosa administrativa de fs. 242 a 256, interpuesta por la Gerencia Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales (GRACO COCHABAMBA), a través de su Gerente Rosmery Villacorta Guzmán, ambas instituciones impugnan la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT RJ 0823/2023 de 18 de junio, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT); el Auto de admisión de la demanda de 19 de octubre de 2023 de fs. 252; las contestaciones de la AGIT de fs. 262 a 279 y 601 a 620; el memorial de réplica de la Gerencia GRACO COCHABAMBA de fs. 351 a 357; el escrito de dúplica de fs. 386 a 388; la propugnación en parte de la resolución jerárquica, de la Universidad Privada Boliviana, de fs. 370 a 384, en calidad de tercero interesado; el Auto de 5 de agosto de 2024, de fs. 688 a 689, que en su disposición cuarta, decretó autos para sentencia; los antecedentes, tanto jurisdiccionales como administrativos; y todo lo que fue pertinente analizar;
