Sentencia T-261/25
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-261/25

Fecha: 13-Jun-2025

Temas-Subtemas

Sentencia T-261/25

ACCIÓN DE TUTELA CONTRA DECISIONES JUDICIALES EN PROCESO EJECUTIVO DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA-Procedencia excepcional

ACCIÓN DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES-Procedencia por defecto procedimental/NOTIFICACION DEL MANDAMIENTO DE PAGO-Notificación personal/NOTIFICACION DE PROVIDENCIAS JUDICIALES-Elemento estructural del debido proceso para garantizar los derechos de defensa y contradicción

ACCIÓN DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES-Requisitos generales y especiales de procedibilidad

ACCIÓN DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES-Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad

ACCIÓN DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES-En la aplicación del principio de inmediatez, la fecha que debe tomarse en consideración para determinar la procedencia de la tutela, es la de la providencia en la cual se le puso fin al proceso

DEFECTO PROCEDIMENTAL-Caracterización

DERECHO AL DEBIDO PROCESO-Contenido y alcance

DERECHO DE DEFENSA-Alcance y contenido

DERECHO DE CONTRADICCION-Protección constitucional

PRINCIPIO DE PUBLICIDAD-Alcance

PROCESO EJECUTIVO-Cumplimiento de obligación clara, expresa y exigible

DEBIDO PROCESO-Notificación personal

NOTIFICACION EN PROCESO JUDICIAL-Importancia

(...) la notificación va más allá de un simple acto que pretende formalizar la comunicación del inicio, desarrollo o agotamiento de una actuación, toda vez que por medio de esta se hace saber el contenido de las decisiones, lo cual: (i) dota de transparencia a la administración de justicia; (ii) permite el ejercicio del derecho de contradicción, defensa e impugnación; y (iii) obliga a los sujetos procesales a adecuar voluntaria o coactivamente sus actos a lo ordenado por el juez.

INDEBIDA NOTIFICACION JUDICIAL-Configura un defecto procedimental absoluto que lleva a la nulidad del proceso

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