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Sentencia T-294/25
SUBSIDIO AL APORTE PARA PENSION-Carácter parcial y temporal/EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD-Aplicación
(...) la accionante se encuentra en una situación de debilidad manifiesta, la cual es extraordinaria frente a la contemplada en las reglas de ingreso y permanencia en el programa de subsidio al aporte pensional. Esta debilidad obstaculiza gravemente que la accionante, a pesar de cumplir con el máximo de semanas subsidiadas por el programa, logre cumplir los requisitos legales exigidos para la pensión de vejez. En consecuencia se hará uso de la excepción de inconstitucionalidad para inaplicar -en este caso- el literal c) del artículo 24 del Decreto 3771 de 2009.
PROGRAMA DE SUBSIDIOS PENSIONALES OTORGADOS CON RECURSOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL-Deber de diseñar el plan anual de extensión de cobertura
El artículo 12 del Decreto 3771 de 2007 (compilado en el artículo 2.2.14.1.12 del Decreto 1833 de 2016) establece el deber del Consejo Nacional de Política Económica y Social de diseñar, con periodicidad anual, el plan de extensión de cobertura. Este plan debe incluir (i) los grupos de población rural y urbana beneficiarios; (ii) el monto de los subsidios al aporte pensional; (iii) el tiempo por el cual se otorgarán; y (iv) las modalidades en que se concede el subsidio... El incumplimiento de este deber generó impactos sobre los derechos fundamentales de la accionante. En virtud del artículo 9º de la Ley 797 de 2003, a partir del 1º de enero de 2005, se incrementó gradualmente el requisito de semanas cotizadas hasta llegar a 1.300 en 2015 para acceder a la pensión de vejez. En ese sentido, para el 2009 -fecha en la que se expidió el último plan de extensión de cobertura- se exigían 1.150 semanas cotizadas, menos a las cotizadas por la accionante.
CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES-Contenido y alcance
ADULTO MAYOR O PERSONA DE LA TERCERA EDAD-Personas que tengan 60 años o más, según ley 1276/09
ADULTO MAYOR-Sujeto de especial protección constitucional
DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL-Alcance y contenido
PROGRAMA DE SUBSIDIOS PENSIONALES OTORGADOS CON RECURSOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL-Régimen jurídico
LIMITACIÓN TEMPORAL DEL PROGRAMA SUBSIDIO AL APORTE PARA PENSIÓN-Jurisprudencia constitucional
FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL-Requisitos para el subsidio
EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD-Aplicación en materia pensional
(...) la aplicación de la excepción de inconstitucionalidad en favor de personas que realizaron aportes mediante el programa de subsidio al aporte después de haber cumplido los 65 años solo procede en presencia de circunstancias absolutamente excepcionales. Aunque no existe un listado cerrado de tales eventos, la Corte señaló como criterios relevantes los siguientes: (i) una situación de vulnerabilidad manifiesta del accionante; (ii) la configuración de una afectación evidente al debido proceso; y (iii) la proximidad al cumplimiento de los requisitos legales para acceder a la pensión, en la medida en que cuanto más próximo esté el momento de cumplir los requisitos pensionarios, más desproporcionado resulta aplicar de manera estricta los artículos cuestionados.
