Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia
T-760 de 2008
Corte Constitucional de Colombia

Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008

Fecha: 03-Sep-2025

III.    RESUELVE

Primero. Declarar el nivel de cumplimiento bajo de la orden décima novena de la Sentencia T-760 de 2008, con base en las consideraciones expuestas en esta providencia, la sentencia estructural y los autos 411 de 2015, 122 de 2019, 439 de 2021 y 005 de 2024.

Segundo. Reiterar al Ministerio de Salud y Protección Social en cabeza del ministro de Salud y Protección Social que cumpla con lo ordenado en los autos 411 de 2015, 122 de 2019, 439 de 2021 y 005 de 2024, y, por consiguiente:

a)   Expida e implemente en un término de tres meses contados a partir de la notificación de la presente providencia, el acto administrativo que regule el registro de negaciones en ambos regímenes, de forma que permita generar información sobre la negación de los servicios cubiertos por el PBS, así como de aquellos que a pesar de haber sido autorizados no fueron suministrados en forma oportuna. Además, contemple el mecanismo de alarmas que se activa ante el registro de negación de un servicio PBS[138].

b)  Registre en los informes de servicios negados todas las negaciones independientemente de si se cuenta o no con fundamento normativo. Para lo que se concederá un término de tres meses contados a partir de la notificación de la presente decisión y cuyos resultados deberán reportarse en los próximos informes periódicos remitidos a la Corte[139].

c)       Mantenga el porcentaje de los registros validados frente al universo de las negaciones al interior del SGSSS en un 100 %[140].

d)  Implemente acciones y medidas conducentes tendientes a desestimular la negación y la demora en la prestación de servicios y tecnologías incluidas en el PBS[141].

e)   Adopte las medidas necesarias para disminuir el número de negaciones establecidas bajo la causal “otras razones” al indicador de resultado establecido en el numeral (ii) del 103.1 de las consideraciones del referido auto[142].

f)    Remita a la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, y a la Defensoría del Pueblo el informe de registro de negación de servicios. Adicionalmente allegue a esta Corporación las constancias de entrega del referido informe a las demás entidades, dentro de los cinco días siguientes a ésta[143].

g)  Incluya en los informes trimestrales un acápite que contenga el trámite administrativo efectuado en virtud de obtener la devolución de los dineros correspondientes a la prima pagada por usuario durante el mes en que hubiere sufrido la barrera en la prestación de servicios PBS UPC (histórico de los reembolsos solicitados), además de especificar los dineros que efectivamente fueron recaudados[144].

Tercero. Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social en cabeza del ministro de Salud y Protección Social que adopte las medidas para reubicar los informes de negación de servicios publicados en la página web del Ministerio para que sean de fácil acceso a los usuarios. Para ello, contará con un plazo de 30 días contados a partir de la notificación de la presente decisión.

Cuarto. Instar a la Superintendencia Nacional de Salud para que continúe remitiendo todos los informes trimestrales con las acciones adoptadas frente a las EPS que omitan reportar los servicios negados, así como las adelantadas a aquellas que niegan o dilatan el suministro de tecnologías en salud cubiertas por el PBS.

Quinto. Ordenar a la Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, y la Defensoría del Pueblo que, en virtud del traslado de los informes de registro de negación de servicios realizado por el Ministerio de Salud y Protección Social, presenten un informe en el que indiquen el estado actual de las actuaciones adelantadas. Lo que deberá llevarse a cabo en un término de 30 días contados a partir de la notificación de esta providencia.

Sexto. Proceda la Secretaría General de esta Corporación a librar las comunicaciones correspondientes, acompañando copia integral de este auto.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

JOSE FERNANDO REYES CUARTAS

Magistrado

VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE

Magistrado

Salvamento parcial de voto

MIGUEL POLO ROSERO

Magistrado

ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ

Secretaria General

Anexo 1.

Causales de negación en el RC (Régimen contributivo) para el 2023.

Tabla 1. Datos MSPS. Elaboración propia. 

Causales de negación en el RS (Régimen subsidiado) para el 2023.

Tabla 2. Datos MSPS. Elaboración propia.

Causales de negación en el (Régimen contributivo) para el 2024.

Tabla 3. Datos MSPS. Elaboración propia.

Causales de negación en el régimen subsidiado - 2024

Tabla 4. Datos MSPS. Elaboración propia.

Distribución negaciones según EPS - 2023

Tabla 5. Datos MSPS. Elaboración propia.

Distribución negaciones según EPS – 2024

Tabla 6. Datos MSPS. Elaboración propia.

Causales de negación de servicios prescritos en Mipres para el RC – 2023

Tabla 7. Datos MSPS. Elaboración propia.

Causales de negación de servicios prescritos en Mipres para el RS – 2023

Tabla 8. Datos MSPS. Elaboración propia.

Causales de negación de servicios prescritos en Mipres para el RC – 2024

Tabla 9. Datos MSPS. Elaboración propia.

Causales de negación de servicios prescritos en Mipres para el RS – 2024

Tabla 10. Datos MSPS. Elaboración propia.

Validación de datos de registro de negación de servicios PBS

Tabla 11. Datos MSPS. Elaboración propia.

Totalidad de causales de negación de servicios PBS UPC

Tabla 12. Datos MSPS. Elaboración propia.

Totalidad de causales de negación de servicios PBS No UPC prescriptos en Mipres

Tabla 13. Datos MSPS. Elaboración propia.

Requerimientos de información de la SNS a EABP

Tabla 14. Datos SNS. Elaboración propia.

Investigaciones administrativas sancionatorias iniciadas por SNS a EABP

III Trimestre 2023

Tabla 15. Datos SNS. Elaboración propia.

IV Trimestre 2023

Tabla 16. Datos SNS. Elaboración propia.

I Trimestre 2024

Tabla 17. Datos SNS. Elaboración propia.

II Trimestre 2024

Tabla 18. Datos SNS. Elaboración propia.

III Trimestre 2024

Tabla 19. Datos SNS. Elaboración propia.

IV Trimestre 2024

Tabla 20. Datos SNS. Elaboración propia.

Actos administrativos de reintegro de dinero respecto de servicios de salud PBS incluidos en la UPC.

Tabla 21. Datos MSPS. Elaboración propia.

Valores recaudados reportada por la Adres frente al caso de la Nueva EPS S.A.

Tabla 22. Datos MSPS. Elaboración propia.

PQRD radicadas ante la SNS por negación de servicios de salud

Tabla 23. Datos SNS. Elaboración propia.