RESUELVE
PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 011 Laboral del Circuito Judicial de Barranquilla y el Juzgado 011 Administrativo Oral de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 011 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Barranquilla es la autoridad competente para dar continuidad a la demanda promovida por la señora Carmiña Isabel Rojas de Pino.
SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6852 al Juzgado 011 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Barranquilla para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 011 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Presidente
Ausente con excusa
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
CARLOS CAMARGO ASSIS
Magistrado
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
