RESUELVE
Primero. RECHAZAR la solicitud de aclaración y adición de la Sentencia T-293 de 2025, presentada por David, por no satisfacer los requisitos de oportunidad y carga argumentativa.
Segundo. Por medio de la Secretaría General, COMUNICAR a las partes y a la Defensoría del Pueblo la presente decisión.
Tercero. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Comuníquese y cúmplase,
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
CARLOS CAMARGO ASSIS
Magistrado
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
