Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar el recurso de amparo interpuesto por doña Ángela Bergillos Alguacil, don Carlos Munter Domec, don Rubén Molina Marín, don Francisco José Cobos García y don Jordi Raymond Parra, contra la sentencia de 17 de marzo de 2015 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y contra el posterior auto de 19 de mayo de 2015, de la misma Sala.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a veinticuatro de junio de dos mil veintiuno.
