IV.Procedimiento ante el Tribunal de Justicia y pretensiones de las partes
21.Mediante demanda de 24 de junio de 2020, la Comisión solicita al Tribunal de Justicia que declare que, al adoptar y mantener en vigor los artículos 32, apartados 3 a 6, y 34, apartado 1, párrafo segundo, de la Ley 40/2015 y el artículo 67, apartado 1, párrafo tercero, de la Ley 39/2015, el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los principios de efectividad y de equivalencia.
22.El Reino de España solicita al Tribunal de Justicia que inadmita la demanda en la medida en que la Comisión considera que dicho Estado miembro debería reconfigurar su sistema de responsabilidad en caso de que se estime la demanda, y que desestime la demanda.
23.El Reino de España y la Comisión formularon alegaciones orales en la vista celebrada el 11 de marzo de2020.
