En el asunto C‑471/21
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En el asunto C‑471/21

Fecha: 01-Dic-2021

Antecedentes del litigio

11Los antecedentes del litigio se exponen en los apartados 1 a 11 del auto recurrido. A efectos del presente procedimiento sobre medidas provisionales, pueden resumirse como sigue.

12Las recurrentes, Inivos e Inivos, son sociedades que operan en el ámbito de la tecnología médica relativa, en concreto, a la prevención y al control de las infecciones.

13En el contexto de la crisis sanitaria relacionada con la pandemia de COVID-19, la Comisión decidió suministrar robots de desinfección a los hospitales europeos. Habida cuenta de la urgencia resultante de esta situación de crisis, dicha institución recurrió, basándose en el anexoI, punto 11.1, letrac), del Reglamento 2018/1046, al procedimiento negociado sin publicación previa de un anuncio de licitación.

14Con el fin de preparar el procedimiento de adjudicación de un contrato público y recabar información sobre el contrato en cuestión y los potenciales proveedores, la Comisión llevó a cabo una consulta preliminar de mercado.

15A raíz de esta consulta, la Comisión creó una base de datos de proveedores, a los que posteriormente se evaluó sobre la base de criterios predefinidos.

16Los seis proveedores que cumplían con estos criterios fueron invitados a presentar una oferta en el marco de un procedimiento negociado sin publicación previa.

17El 30 de octubre de 2020, se elaboró un informe de evaluación para adjudicar el contrato.

18Los contratos marco controvertidos se celebraron con dos de los licitadores el 19 de noviembre de 2020 y su firma fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, el 9 de diciembre de 2020, mediante el anuncio de adjudicación 2020/S240‑592299.