Procedimiento administrativo previo
A raíz del pronunciamiento de la sentencia por la que se declara el incumplimiento, la Comisión dirigió, el 15 de noviembre de 2017, un escrito a las autoridades helénicas en el que les instaba a recuperar las ayudas ilegales e incompatibles con el mercado interior, al que aquellas no respondieron.
El 13 de noviembre de 2018, mediante escrito dirigido al Ministro de Hacienda griego, la Comisión solicitó información sobre la situación del procedimiento de recuperación de las ayudas en cuestión e indicó que podía interponer un recurso por incumplimiento con arreglo al artículo 260TFUE. Dicho escrito tampoco recibió respuesta.
El 25 de enero de 2019, al comprobar que la Decisión 2014/539 aún no había sido ejecutada, la Comisión envió un escrito de requerimiento a la República Helénica con arreglo al artículo 260TFUE, apartado 2, en el que le instaba a presentar sus observaciones en un plazo de dos meses.
El 29 de marzo de 2019, dicho Estado miembro respondió al escrito de requerimiento exponiendo, en particular, las dificultades a las que se vio confrontado y manifestando su voluntad de cooperar.
En estas circunstancias, la Comisión decidió interponer el presente recurso.
