ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 16/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 30 DE AGOSTO DE 2021. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIO: JUVENAL CARBAJAL DÍAZ.
Fecha: 10-Jun-2022
Considerandos
12. PRIMERO.—Competencia. Este Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente acción de inconstitucionalidad de conformidad con lo dispuesto por los artículos 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,(1) y 10, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,(2) en relación con el punto segundo, fracción II, del Acuerdo General Número 5/2013(3) de trece de mayo de dos mil trece, toda vez que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugna leyes de ingresos municipales por considerarlas contrarias a diversos principios constitucionales.
14. En el caso, las normas impugnadas fueron publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro "La Sombra de Arteaga", el jueves veinticuatro de diciembre de dos mil veinte.
15. El plazo de treinta días naturales transcurrió del viernes veinticinco de diciembre de dos mil veinte al sábado veintitrés de enero de dos mil veintiuno, como se muestra en el siguiente calendario:
16. Vale la pena recordar que en términos del artículo 60 citado "Si el último día del plazo fuese inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente."
17. En consecuencia, si la demanda promovida se recibió el lunes veinticinco de enero de dos mil veintiuno –día hábil siguiente al último del plazo para presentar el medio de control constitucional– en el Buzón Judicial de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, debe concluirse que la acción es oportuna.
- Resultando
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De Tolimán
- A Naturaleza Y Características De Las Contribuciones
- B Derecho Humano De Seguridad Jurídica Y Principio De Legalidad Tributaria
- C Principios De Justicia Tributaria
- D Inconstitucionalidad De Las Normas Impugnadas
- De Los Artículos Previamente Citados Se Desprende Que
- Considerandos
- Tercerolegitimación La Acción De Inconstitucionalidad Fue Presentada Por Parte Legítima
- Las Normas Impugnadas Son Del Contenido Literal Siguiente
- Es Infundada La Causal De Improcedencia Expuesta Por Los Poderes Señalados
- C El Cobro De Tributos A Título Particular Y
- Del Servicio De Alumbrado Público
- Se Define El Valor De Los Coeficientes Así
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo La Suprema Corte De Justicia De La Nación Conocerá Funcionando En Pleno
- Acuerdo General Número
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Reglamento Interno De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
- Artículo Son Obligaciones De Los Mexicanos