ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 291/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 21 DE OCTUBRE DE 2021. PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. SECRETARIO: OLIVER CHAIM CAMACHO.
Fecha: 01-Jul-2022
Firman Los Ministros Presidente Y El Ponente Con El Secretario General De Acuerdos Que Da Fe
Nota: La presente sentencia también aparece publicada en el Diario Oficial de la Federación de 10 de febrero de 2022. ________________
1. "Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:
"... II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución. Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por:
"... g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea Parte. Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas..."
"Artículo 10. La Suprema Corte de Justicia conocerá funcionando en Pleno: I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; ..."
2. Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
"Artículo 60. El plazo para ejercitar la acción de inconstitucionalidad será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que la ley o tratado internacional impugnado sean publicados en el correspondiente medio oficial. Si el último día del plazo fuese inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente.
- Resultando
- Terceroconceptos De Invalidez Se Formuló Un Único Concepto De Invalidez
- Considerando
- Fase De Decisión Comunicación De Resultados Y Entrega De Dictamen
- De La Educación Indígena
- Iv Fortalecer La Formación Y El Desarrollo De La Identidad Local Y Nacional
- Viii Fomentar Y Difundir Juegos Bailes Danzas Y Deportes Autóctonos Y Tradicionales
- Xi Promover El Conocimiento Y La Aplicación De Técnicas Productivas Propias De La Región
- De La Educación Inclusiva Y Educación Especial
- Ii Desarrollar Al Máximo La Personalidad Los Talentos Y La Creatividad De Los Educandos
- Iv Asegurar Que Se Realicen Ajustes Razonables Para Las Personas Con Discapacidad
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Firman Los Ministros Presidente Y El Ponente Con El Secretario General De Acuerdos Que Da Fe
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- Obligaciones Generales
- Ley De Educación Del Estado Libre Y Soberano De Chiapas
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener