ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 291/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 21 DE OCTUBRE DE 2021. PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. SECRETARIO: OLIVER CHAIM CAMACHO.
Fecha: 01-Jul-2022
Resultando
1. PRIMERO.—Presentación del escrito inicial, normas impugnadas y autoridades emisora y promulgadora de la norma. Por escrito depositado a través del buzón judicial el trece de noviembre de dos mil veinte y recibidas el diecisiete siguiente en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió acción de inconstitucionalidad, por conducto de su presidenta, en la que se solicitó la invalidez de los capítulos XIV "De la educación indígena" –artículos 70 a 74– y XVI "De la educación inclusiva y educación especial" –artículos 77 a 82–; contenidos en el título segundo "Del Sistema Educativo Estatal" de la Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Chiapas, expedida mediante Decreto No. 003 publicado el catorce de octubre de dos mil veinte en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa.
2. Órganos legislativo y ejecutivo que emitieron y promulgaron las normas generales que se impugnan: Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Chiapas.
3. SEGUNDO.—Preceptos constitucionales y convencionales que se estiman violados. La promovente estimó violados los artículos 1o., 2o. y 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, 5, 6, 7 y 8 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; y, 1 y 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
- Resultando
- Terceroconceptos De Invalidez Se Formuló Un Único Concepto De Invalidez
- Considerando
- Fase De Decisión Comunicación De Resultados Y Entrega De Dictamen
- De La Educación Indígena
- Iv Fortalecer La Formación Y El Desarrollo De La Identidad Local Y Nacional
- Viii Fomentar Y Difundir Juegos Bailes Danzas Y Deportes Autóctonos Y Tradicionales
- Xi Promover El Conocimiento Y La Aplicación De Técnicas Productivas Propias De La Región
- De La Educación Inclusiva Y Educación Especial
- Ii Desarrollar Al Máximo La Personalidad Los Talentos Y La Creatividad De Los Educandos
- Iv Asegurar Que Se Realicen Ajustes Razonables Para Las Personas Con Discapacidad
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Firman Los Ministros Presidente Y El Ponente Con El Secretario General De Acuerdos Que Da Fe
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- Obligaciones Generales
- Ley De Educación Del Estado Libre Y Soberano De Chiapas
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener