ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 103/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 6 DE OCTUBRE DE 2022. PONENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁN. SECRETARIO: HÉCTOR HIDALGO VICTORIA PÉREZ.
Fecha: 24-Mar-2023
En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
15. El análisis armónico de los preceptos constitucional y legal antes precisados permite establecer que tratándose de las acciones de inconstitucionalidad, el plazo para la interposición de la demanda es de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al que se publique la norma impugnada en el correspondiente medio oficial, de lo que se sigue que para efectos del cómputo del plazo aludido, no se deben excluir los días inhábiles, en la inteligencia de que si el último día del plazo fuese inhábil, la demanda se podrá presentar al primer día hábil siguiente.
16. En el caso, los preceptos legales impugnados se publicaron en el Periódico Oficial del Estado de Nayarit el miércoles dos de junio de dos mil veintiuno, por lo que el plazo para ejercer la acción de inconstitucionalidad inició el jueves tres de junio y concluyó el viernes dos de julio de dos mil veintiuno.
17. Luego, si la demanda relativa a la presente acción de inconstitucionalidad se presentó ante la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el último día del plazo, es claro que su interposición resulta oportuna.
- Promovente Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
- I Normas Impugnadas Autoridades Emisoras Y Promulgadoras
- Ii Preceptos Constitucionales Y Convencionales Que Se Estiman Violados Y Conceptos De Invalidez
- Iii Admisión De La Acción De Inconstitucionalidad
- Iv Informes De Las Autoridades
- V Cierre De Instrucción
- I Competencia
- Ii Oportunidad
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- Iii Legitimación
- Iv Causas De Improcedencia
- Xvi Usar El Espacio Público Sin Contar Con La Autorización Que Se Requiera Para Ello Y
- Vi Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Foja Del Expediente
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Fallada Por Este Tribunal Pleno En Sesión De Once De Agosto De Dos Mil Dieciséis
- Iii Usar El Espacio Público Sin Contar Con La Autorización Que Se Requiera Para Ello
- Artículo Son Bienes De Uso Común
- A En Materia De Seguridad Ciudadana
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- Artículo Son Infracciones Contra La Seguridad Ciudadana
- Libertad De Pensamiento Y De Expresión
- B La Protección De La Seguridad Nacional El Orden Público O La Salud O La Moral Públicas
- Derecho De Reunión
- Nadie Podrá Ser Molestado A Causa De Sus Opiniones
- Artículo
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener