ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 103/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 6 DE OCTUBRE DE 2022. PONENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁN. SECRETARIO: HÉCTOR HIDALGO VICTORIA PÉREZ.
Fecha: 24-Mar-2023
Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
SEGUNDO.—Se declara la invalidez del artículo 14, apartado A, fracción XVI, de la Ley de Cultura y Justicia Cívica para el Estado de Nayarit, adicionado mediante el decreto publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el dos de junio de dos mil veintiuno, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Nayarit, en atención a lo expuesto en los apartados V y VI de esta decisión.
TERCERO.—Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Nayarit, así como en el Semanario Judicial de la Federación y en su Gaceta.
Notifíquese; haciéndolo por medio de oficio a las partes y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
- Promovente Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
- I Normas Impugnadas Autoridades Emisoras Y Promulgadoras
- Ii Preceptos Constitucionales Y Convencionales Que Se Estiman Violados Y Conceptos De Invalidez
- Iii Admisión De La Acción De Inconstitucionalidad
- Iv Informes De Las Autoridades
- V Cierre De Instrucción
- I Competencia
- Ii Oportunidad
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- Iii Legitimación
- Iv Causas De Improcedencia
- Xvi Usar El Espacio Público Sin Contar Con La Autorización Que Se Requiera Para Ello Y
- Vi Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Foja Del Expediente
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Fallada Por Este Tribunal Pleno En Sesión De Once De Agosto De Dos Mil Dieciséis
- Iii Usar El Espacio Público Sin Contar Con La Autorización Que Se Requiera Para Ello
- Artículo Son Bienes De Uso Común
- A En Materia De Seguridad Ciudadana
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- Artículo Son Infracciones Contra La Seguridad Ciudadana
- Libertad De Pensamiento Y De Expresión
- B La Protección De La Seguridad Nacional El Orden Público O La Salud O La Moral Públicas
- Derecho De Reunión
- Nadie Podrá Ser Molestado A Causa De Sus Opiniones
- Artículo
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener