ACLARACIÓN DE SENTENCIA RELATIVA A LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 22/2004. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA TERCERA LEGISLATURA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACLARACIÓN DE SENTENCIA RELATIVA A LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 22/2004. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA TERCERA LEGISLATURA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.

Fecha: 01-Ene-1917

Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna

"Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

"En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicada al delito que se trata.

"En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a la falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho."

Sin embargo, conforme a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación de cinco de febrero de mil novecientos diecisiete, lo correcto debe ser: