Suprema Corte de Justicia de la Nación
ACLARACIÓN DE SENTENCIA DERIVADA DE LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 128/2016. SUSCITADA ENTRE EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO. 23 DE NO
Fecha: 23-Nov-2016
Primerosí Existe La Contradicción De Tesis Denunciada
"SEGUNDO.-Debe prevalecer con carácter de jurisprudencia, el criterio sustentado por esta Segunda Sala, conforme a la tesis expuesta en el último apartado de esta ejecutoria.
"TERCERO.-Publíquese la jurisprudencia que se sustenta en la presente resolución, en términos del artículo 220 de la Ley de Amparo."
3. SEGUNDO.-Mediante acuerdo tomado en sesión privada de veintitrés de noviembre del presente año, el señor Ministro Javier Laynez Potisek propuso a consideración de los Ministros integrantes de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la aclaración oficiosa de la ejecutoria referida y la tesis de jurisprudencia derivada.