Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1785/2004. PETRÓLEOS MEXICANOS.
Fecha: 01-Ene-1917
Primeroen La Materia De La Revisión Competencia De Esta Sala Se Revoca La Sentencia Recurrida
SEGUNDO.-Devuélvanse los autos al Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, para los efectos precisados en la parte final del último considerando del presente fallo.
Notifíquese, con testimonio de esta resolución y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Margarita Beatriz Luna Ramos, Genaro David Góngora Pimentel, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y presidente Juan Díaz Romero. Fue ponente el Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
- Quinto La Autoridad Recurrente Expresó Los Agravios Que A Continuación Se Sintetizan
- Por Las Razones Vertidas El Agravio En Análisis Debe Declararse Inoperante
- Deriva De La Anterior Transcripción Que Esta Segunda Sala Ya Determinó Lo Siguiente
- Primeroen La Materia De La Revisión Competencia De Esta Sala Se Revoca La Sentencia Recurrida