AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 797/2014. DIRECTOR JURÍDICO Y CONSULTIVO DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO. 14 DE MAYO DE 2014. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JOSÉ FERNANDO FRANCO GO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 797/2014. DIRECTOR JURÍDICO Y CONSULTIVO DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO. 14 DE MAYO DE 2014. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JOSÉ FERNANDO FRANCO GO

Fecha: 26-Jun-2015

Artículo Los Tribunales De La Federación Resolverán Toda Controversia Que Se Suscite

"I. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; ..."

8. "Artículo 107. Las controversias de que habla el artículo 103 de esta Constitución, con excepción de aquellas en materia electoral, se sujetarán a los procedimientos que determine la ley reglamentaria, de acuerdo con las bases siguientes:

"I. El juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por esta Constitución y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico.

"Tratándose de actos o resoluciones provenientes de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, el quejoso deberá aducir ser titular de un derecho subjetivo que se afecte de manera personal y directa; ..."

9. Luigi Ferrajoli, Análisis de un problema: Cuatro significados de la pregunta «¿qué son los derechos fundamentales?» en los fundamentos de los derechos fundamentales, Madrid, España, Editorial Trotta, cuarta edición, página 363.

10. Luigi Ferrajoli, Derechos fundamentales en los fundamentos de los derechos fundamentales, Madrid, España, Editorial Trotta, cuarta edición, página 38.

11. Victor Abramovich y Chirstian Courtis, El umbral de la ciudadanía: El significado de los derechos sociales en el Estado social constitucional, Buenos Aires, Argentina, Del Puerto, página 26.

12. "Artículo 1o. ... Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. ..."

13. Registro digital: 164276. Novena Época. Instancia: Segunda Sala. Tesis: Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXXII, julio de 2010, materia administrativa, tesis 2a./J. 92/2010, página 292.

14. Registro digital: 163017. Novena Época. Instancia: Segunda Sala. Tesis: Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXXIII, enero de 2011, materia común, tesis 2a./J. 143/2010, página 1142.