ESTÍMULOS FISCALES. EL ARTÍCULO 16, APARTADO A, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015, NO VULNERA EL DERECHO A LA IGUALDAD.
Fecha: 23-Mar-2018
I Antecedentes Del Acto Reclamado
1. El nueve de julio de dos mil quince ********** a través de Internet presentó solicitud de devolución del impuesto especial sobre producción y servicios, por adquisición de diésel para consumo final por actividades agrícolas, en cantidad de **********, correspondiente al periodo de abril a junio de dos mil quince.
2. Por oficio ********** de veinticinco de enero de dos mil dieciséis, la administradora desconcentrada de Auditoría Fiscal "1", con sede en México, del Servicio de Administración Tributaria autorizó la devolución solicitada, únicamente por la cantidad de **********, ello en términos del artículo 16, apartado A, fracción III, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil quince.
3. Inconforme con dicha resolución, la contribuyente promovió el juicio de nulidad ********** del índice de la Sala Regional Sur del Estado de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, quien dictó sentencia el veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, en el sentido de reconocer la validez de la resolución impugnada.
4. La entonces actora promovió el juicio de amparo ********** y, en sesión de diecinueve de enero de dos mil diecisiete, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, concedió el amparo solicitado.
- Considerando
- I Antecedentes Del Acto Reclamado
- La Sentencia Antes Mencionada Se Recurre Mediante El Presente Recurso De Revisión
- Régimen De Incorporación Fiscal En Relación Con Este Régimen Señala
- A En Materia De Estímulos Fiscales
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Revoca La Sentencia Recurrida
- Folio Del Juicio De Amparo Directo