Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1431/2022
Fecha: 07-Sep-2022
II. OPORTUNIDAD
- La sentencia recurrida fue notificada por correo electrónico al señor *********** el veinticuatro de febrero de dos mil veintidós y surtió efectos el veinticinco del mismo mes y año. De ahí que el plazo de diez días establecido en el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del veintiocho de febrero al once de marzo del mismo año , descontándose los días sábado y domingo, cinco y seis de marzo de esa anualidad, por haber sido inhábiles, en términos del artículo 19 de la Ley de Amparo.
- Por tanto, si el señor *********** presentó su escrito de agravios el diez de marzo de dos mil veintidós , se concluye que el recurso se interpuso de forma oportuna.
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