R E S U E L V E
PRIMERO. En la materia de la revisión competencia de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se revoca la sentencia recurrida.
SEGUNDO . Devuélvanse los autos al Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, para los efectos precisados en la parte final de la presente ejecutoria.
Notifíquese , devuélvanse los autos relativos al lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de cuatro votos de la Ministra y Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien se reservó el derecho a formular voto concurrente, Ana Margarita Ríos Farjat (Ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo. En contra del emitido por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se reservó el derecho a formular voto particular.
