VI. DECISIÓN
- Por no cumplirse los extremos previstos en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley de Amparo, lo procedente es desechar el recurso de revisión interpuesto en contra de la resolución dictada en sesión de cinco de enero de dos mil veintitrés por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, en el juicio de amparo directo Quinto Número de Expediente.
Por lo expuesto y fundado se
