RESUELVE:
PRIMERO. Se desecha el amparo directo en revisión a que este expediente 1899/2023 se refiere.
SEGUNDO. Queda firme la sentencia recurrida.
Notifíquese conforme a derecho corresponda, devuélvanse los autos relativos al lugar de su origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de la ministra y los ministros: Juan Luis González Alcántara Carrancá (ponente), Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y ministro presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ausente el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
