Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1056/2024
Fecha: 23-Oct-2024
II. OPORTUNIDAD
- El recurso de revisión fue interpuesto de forma oportuna . La sentencia de amparo se notificó por lista el nueve de diciembre de dos mil veintidós, por lo que dicha notificación surtió efectos al día hábil siguiente, esto es, el doce de diciembre de dos mil veintidós. Por lo tanto, el plazo de diez días establecido por el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del trece al veintiséis de diciembre de dos mil veintidós , descontándose los días diecisiete, dieciocho, veinticuatro y veinticinco de diciembre por ser inhábiles, de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Amparo y 74, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo .
- Por ello, si la recurrente presentó su recurso de revisión el veinte de diciembre de dos mil veintidós , se concluye que el medio de impugnación se interpuso de forma oportuna.
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