Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 523/2024
Fecha: 27-Nov-2024
I. COMPETENCIA
- La Segunda Sala de esta SCJN es competente para conocer de este recurso de revisión en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción IX, de la CPEUM; 81, fracción II, de la Ley de Amparo; 21, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación , ambas vigentes a partir del ocho de junio de dos mil veintiuno y los Puntos Primero y Tercero del Acuerdo General Plenario 1/2023 y su instrumento modificatorio de diez de abril de dos mil veintitrés, por tratarse de un asunto de naturaleza administrativa, competencia de la Segunda Sala.
Otros enlaces de interés: