RESUELVE:
PRIMERO. Se desecha el amparo directo en revisión a que este expediente 5073/2023 se refiere.
SEGUNDO. Queda firme la sentencia recurrida.
Notifíquese conforme a derecho corresponda, devuélvanse los autos relativos al lugar de su origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de tres votos de los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá (ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y del ministro presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo, en contra de los emitidos por las ministras Loretta Ortiz Ahlf y Ana Margarita Ríos Farjat.
