AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 493/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 493/2023

Fecha: 20-Mar-2024

III. LEGITIMACIÓN Y OPORTUNIDAD

  1. Legitimación. El recurso de revisión fue interpuesto por Apoderado Legal 1, apoderado legal de Empresa “A”, persona moral a la que se le reconoció el carácter de quejosa en el juicio de amparo directo. En consecuencia y, con fundamento en el artículo 5, fracción I, de la Ley de Amparo, se estima que se interpuso por parte legitimada.
  2. Oportunidad. El recurso de revisión se interpuso de manera oportuna debido a que la sentencia fue emitida el diecisiete de noviembre de dos mil veintidós; notificada vía electrónica al quejoso el veintinueve de noviembre de dos mil veintidós; por lo que el plazo de diez días que prevé el artículo 86 de la Ley de Amparo, transcurrió del treinta de noviembre de dos mil veintidós al trece de diciembre del mismo año . El recurso se interpuso el nueve de diciembre de dos mil veintidós. Por lo tanto, la interposición del recurso de revisión es oportuna.